MARCO LEGAL
Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Juárez
Artículo 95.- Para la planeación, organización, comunicación y difusión de las actividades de la Administración y del Presidente, éste tendrá adscritas las siguientes unidades de coordinación y apoyo técnico:
I. Coordinación de Direcciones
II. Secretaría Particular
III. Secretaría Técnica
IV. Secretaría de Comunicación Social,
V. Coordinadora de Atención Ciudadana de Zaragoza
VI. Coordinación General de Planeación y Evaluación
Artículo 99.- El Secretario de Comunicación Social procurará la identificación de la actividad pública municipal con la ciudadanía. Para ello, realizará, coordinará e instrumentará las actividades de difusión de las acciones que lleve a cabo el Presidente, el Ayuntamiento y la Administración. Tendrá a su cargo el diseño y control de las políticas y estrategias de comunicación, la elaboración y control del presupuesto global de comunicación y publicidad de la Administración, la relación con los medios informativos, el análisis de opinión, la contratación de espacios en los medios, la imagen publicitaria y las publicaciones de la Administración. Procurará establecer y mantener recursos de información, documentación y comunicación tanto al interior de la Administración como hacia los ciudadanos.
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