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CORDINACIÓN DE DIRECCIONES

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MARCO LEGAL

Atribuciones del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Juárez.

Artículo 95.- Para la planeación, organización, comunicación y difusión de las actividades de la Administración y del Presidente, éste tendrá adscritas las siguientes unidades de coordinación y apoyo técnico:

• I. Coordinación de Direcciones.

• II. Secretaría Particular

• III. Secretaría Técnica

• IV. Coordinadora de Atención Ciudadana de Zaragoza.

• V. Coordinación General de Planeación y Evaluación.

Artículo 96.- El Coordinador de Direcciones, para el desempeño de sus funciones tendrá las siguientes atribuciones:

I. Coordinar las actividades, operación, esfuerzos y el buen funcionamiento de las Direcciones y Dependencias Municipales, ejecutando las instrucciones expresas del Presidente en los asuntos determinados que este le encomiende.

II. Brindar apoyo y asesoría en los planes y proyectos emprendidos por las Direcciones y Dependencias Municipales.